El pasado 10 de mayo de 2025 entró en vigor el nuevo Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales (RSCIEI 2025), aprobado mediante el Real Decreto 164/2025, de 4 de marzo.
Aunque este reglamento no es de aplicación directa a las instalaciones existentes, consideramos fundamental darlo a conocer, ya que condiciona aspectos clave como las licencias ambientales y de actividad, así como la implantación de determinados sistemas de protección contra incendios: rociadores, extintores, BIE, alumbrado de emergencia o instalaciones fotovoltaicas en cubierta, entre otros.
Durante los primeros meses, el nuevo RSCIEI 2025 convivirá con la normativa anterior de 2004, introduciendo una actualización que renueva, amplía y clarifica el marco normativo vigente. Se trata de un reglamento continuista, que mantiene como ejes fundamentales la sectorización, la resistencia estructural y los sistemas de protección activa.
Principales novedades del RSCIEI 2025
Ampliación de las limitaciones de superficie
Las superficies máximas permitidas según el nivel de riesgo y el tipo de edificación aumentan respecto al reglamento de 2004. En función del riesgo de incendio de la actividad, los sectores de incendio pueden ser de mayor tamaño.
Modificación de los umbrales de superficie
En función del nivel de riesgo y la tipología del edificio (A, B, C o D), se revisan algunos de los umbrales que determinan la obligatoriedad de los sistemas de protección contra incendios, manteniéndose la distribución habitual de los sistemas exigibles: extintores, BIE, detección, rociadores o hidrantes.
Nuevos requisitos en sistemas de alarma
Los establecimientos de superficie media (superior a 400 m²) deberán disponer de un sistema manual de alarma.
En grandes establecimientos será obligatorio un sistema de comunicación de alarma cuando la superficie total supere los 10.000 m² y exista una densidad de ocupación superior a 3 personas por cada 100 m².
Distancias de extintores y BIE
Se mantienen los criterios generales, con una distancia máxima de recorrido de 15 metros hasta un extintor, ampliable a 25 metros en zonas abiertas tipo D.
Se incorporan excepciones a la instalación de BIE en espacios como almacenes automáticos, cámaras frigoríficas por debajo de 4 °C o salas eléctricas, con soluciones alternativas como su ubicación en accesos o la sustitución por sistemas de extinción automática.
Instalaciones fotovoltaicas en cubierta
El reglamento introduce nuevos requisitos de seguridad para las instalaciones fotovoltaicas en cubierta, garantizando la accesibilidad para los equipos de bomberos, limitando las dimensiones de los campos de paneles y estableciendo medidas específicas para evitar la propagación del fuego.
Inspecciones y aplicación del reglamento
El RSCIEI 2025 es de aplicación a los nuevos establecimientos industriales construidos a partir de su entrada en vigor. Los establecimientos existentes no están obligados a adaptarse a las nuevas exigencias, aunque sí deben adecuar el contenido y la periodicidad de las inspecciones.
Los establecimientos anteriores a 2004 deberán realizar inspecciones periódicas cada 5 años, centradas en los sistemas de protección activa contra incendios, según el RIPCI 2017, con determinadas excepciones para establecimientos de baja carga de fuego y pequeña superficie.